CC. MÓNICA PÉREZ RODRÍGUEZ, LUCAS PÉREZ RODRÍGUEZ, MEXICANOS, MAYORES DE EDAD, PROMOVIENDO POR NUESTRO PROPIO DERECHO Y SEÑALANDO COMO DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES EL UBICADO EN, JAIME TORRES BODET 176, STA MARÍA LA RIBERA, 06400 CIUDAD DE MÉXICO, CDMX Y AUTORIZANDO PARA QUE INTERVENGA EN EL PRESENTE JUICIO COMO MI APODERADA LEGAL EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 112, DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL, A LA C. LIC. NORMA ORTIGOZA JULIÁN, ANTE USTEDES CON EL DEBIDO RESPETO COMPARECEMOS A EXPONER:
QUE POR MEDIO DE ESTE ESCRITO, EN LA VÍA ORDINARIA CIVIL Y EN EJERCICIO DE LA ACCIÓN DE PETICIÓN DE HERENCIA, VENIMOS A DEMANDAR DE LA SEÑORA LETICIA PÉREZ RODRÍGUEZ, EN SU CARÁCTER DE ALBACEA Y HEREDERO DE LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA, CON DOMICILIO UBICADO EN CARRETERA LECHERÍA TEXCOCO SN, SANTA MARÍA INSURGENTES, 06430 CUAUHTÉMOC, CDMX, LAS SIGUIENTES:
P R E S T A C I O N E S:
A) LA DECLARACIÓN QUE SE SIRVA PRODUCIR EN EL SENTIDO DE QUE LA SUSCRITA ES HEREDERA DE LA SEÑORA JUANITA RODRÍGUEZ.
B) LA ENTREGA DE LOS BIENES HEREDITARIOS QUE NOS CORRESPONDEN Y QUE PERTENECIERON A LA SEÑORA JUANITA RODRÍGUEZ, CON SUS ACCESORIOS.
C) LA RENDICIÓN DE CUENTAS POR LA ALBACEA DEMANDADA, CON EL PAGO DE TODOS LOS FRUTOS CIVILES Y NATURALES QUE SE HAYAN PRODUCIDO Y SIGAN PRODUCIENDO LOS BIENES HEREDITARIOS HASTA LA FECHA EN QUE NOS SEAN ENTREGADOS.
FUNDAMOS NUESTRAS ACCIONES, EN LOS SIGUIENTES PUNTOS DE HECHO Y CONSIDERACIONES DE DERECHO.
H E C H O S:
PRIMERO.- TAL Y COMO SE ACREDITA CON LA COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE DEFUNCIÓN QUE SE ACOMPAÑA A ESTE ESCRITO, LA SEÑORA JUANITA RODRÍGUEZ, FALLECIÓ EN ESTA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, EL DÍA 07 DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO.
SEGUNDO.- SEGÚN LO ACREDITO CON COPIAS CERTIFICADAS DEL ACTA DE NACIMIENTO DEL SUSCRITO QUE EXHIBIMOS ADJUNTA A ESTA DEMANDA, SOMOS HIJOS LEGITIMOS DE LA FINADA SEÑORA JUANITA RODRÍGUEZ
TERCERO.- EL DIECISIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO SE DICTÓ AUTO POR EL QUE SE HIZO LA DECLARACIÓN DE HEREDEROS A FAVOR DE LA DEMANDADA, OMITIÉNDOSE DENTRO DE ELLOS A LOS SUSCRITOS. POSTERIORMENTE, EL DÍA 20 DEL MISMO MES Y AÑO, SE CELEBRÓ LA JUNTA DE HEREDEROS EN LA QUE SE DESIGNÓ COMO ALBACEA A LA SEÑORA LETICIA PÉREZ RODRÍGUEZ.
CUARTO.- LA SEÑORA LETICIA PÉREZ RODRÍGUEZ ACEPTÓ Y PROTESTÓ EL CARGO DE ALBACEA QUE SE LE CONFIRIÓ Y, DISCERNIDO EN ESE CARGO POR EL C. JUEZ TERCERO DE LO FAMILIAR, PROCEDIÓ A LA FORMULACIÓN DEL INVENTARIO DENTRO DEL TÉRMINO DE LEY, SEÑALADO COMO BIENES DE LA SUCESIÓN LOS SIGUIENTES:
1.- 1 TERRERO CON UNA SUPERFICIE DE 751 M2, AL CUAL SE LE ASIGNÓ UN VALOR DE $ 4, 881,760.00.
2.- 1 CASA EN UN FRACCIONAMIENTO CON UNA SUPERFICIE DE 154 M2 DE CONSTRUCCIÓN Y 181 M2 ÁREA TOTAL, AL CUAL SE LE ASIGNÓ UN VALOR DE $ 2, 600,000.00.
3.- 1 DEPARTAMENTO UBICADO EN EL CENTRO DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO CON UNA SUPERFICIE DE 132 M2, AL CUAL SE LE ASIGNÓ UN VALOR DE $ 894,000.00.
QUINTO.- A PESAR DE NUESTRO PARENTESCO DE HIJOS LEGÍTIMOS CON LA AUTORA DE LA SUCESIÓN, NOS EXCLUYERON COMO PARIENTE DEL DE CUJUS, MOTIVO POR EL CUAL NOS VEMOS OBLIGADOS A DEMANDAR EN LA VÍA Y FORMA QUE LO HACEMOS.
D E R E C H O:
EN CUANTO AL FONDO SON DE APLICARSE LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS ARTÍCULOS 1281, 1284, 1313, 1607, 1653, 1695, 1704, 1706, Y DEMÁS RELATIVOS DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL.
EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR SE ENCUENTRA REGULADO POR LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 13, 14, 255 Y DEMÁS RELATIVOS DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL.
POR LO EXPUESTO,
A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:
ÚNICO.- TENERNOS POR PRESENTADOS EN LOS TÉRMINOS DE ESTE ESCRITO, DOCUMENTOS Y COPIAS QUE ACOMPAÑAMOS, DEMANDANDO LAS PRESTACIONES QUE SEÑALAMOS DE LA PERSONA INDICADA.
PROTESTAMOS LO NECESARIO.
CDMX, CIUDAD DE MÉXICO, A 23 DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO